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Artículo 521. Obligaciones de los Oficiales

Los Oficiales deben respetar las disposiciones del Oficial de guardia y advertir sobre cualquier peligro. La responsabilidad recae en todos los Oficiales para evitar daños.

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Texto Legal

Ningún Oficial podrá oponerse a las disposiciones del de guardia, en sus maniobras; pero estarán todos obligados a advertirle cualquier peligro que notaren, dando aviso al Comandante si no aplicare el remedio que correspondía. Cuando se trate de evitar algún grave daño, ya sea del casco, máquina, abordaje o aparejo, de disciplina o policía, se hará cargo, sin excepción, a todo Oficial que no hubiere hecho desde luego cuanto fuere posible para remediarlo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La colaboración entre Oficiales es esencial para la seguridad del buque. Se debe fomentar una cultura de comunicación abierta para que todos se sientan responsables de la seguridad colectiva.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 521 del 218?

Los Oficiales deben respetar las disposiciones del Oficial de guardia y advertir sobre cualquier peligro. La responsabilidad recae en todos los Oficiales para evitar daños.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 521 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] La colaboración entre Oficiales es esencial para la seguridad del buque. Se debe fomentar una cultura de comunicación abierta para que todos se sientan responsables de la seguridad colectiva.

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