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Artículo 497. Obligaciones de los Oficiales

Cada Oficial está obligado a cumplir con sus cometidos y comisiones a bordo, demostrando su aptitud y celo por el buen servicio. Esto incluye participar en conferencias y ejercicios.

obligacionesoficialesbuen servicio

Texto Legal

Sin perjuicio de que cada Oficial lleve el diario a que se refiere el artículo anterior, estará obligado a llenar debidamente su cometido y las comisiones que se le dieren a bordo, tales como conferencias, ejercicios o cualquiera otra en que acredite su aptitud y celo por el buen servicio.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los Oficiales deben ser proactivos en su desempeño para asegurar un servicio eficiente. El cumplimiento de estas obligaciones puede influir en su evaluación y ascensos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 497 del 218?

Cada Oficial está obligado a cumplir con sus cometidos y comisiones a bordo, demostrando su aptitud y celo por el buen servicio. Esto incluye participar en conferencias y ejercicios.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 497 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] Los Oficiales deben ser proactivos en su desempeño para asegurar un servicio eficiente. El cumplimiento de estas obligaciones puede influir en su evaluación y ascensos.

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