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Artículo 443. Registro de medicinas

El Practicante llevará un registro del movimiento de alta y baja de efectos y medicinas, siguiendo las instrucciones del Médico. Esto es esencial para la correcta administración de recursos.

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Texto Legal

Llevará el movimiento de alta y baja de efectos y medicinas en una libreta especial, ajustándose estrictamente a las instrucciones del Médico y absteniéndose en absoluto de administrar medicamentos que no hayan sido ordenados.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Mantener un registro preciso de medicinas es fundamental para la atención médica. Se aconseja revisar regularmente los inventarios para asegurar disponibilidad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 443 del 218?

El Practicante llevará un registro del movimiento de alta y baja de efectos y medicinas, siguiendo las instrucciones del Médico. Esto es esencial para la correcta administración de recursos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 443 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] Mantener un registro preciso de medicinas es fundamental para la atención médica. Se aconseja revisar regularmente los inventarios para asegurar disponibilidad.

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