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Artículo 414. Supervision de trabajos a bordo

El personal debe supervisar los trabajos realizados por operarios a bordo, reportando cualquier defecto. Esto es esencial para garantizar la calidad de los trabajos realizados.

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Texto Legal

Habiendo a bordo operarios de su ramo, ya sean particulares o del Arsenal, para efectuar trabajos de importancia, enterará a los encargados de ellos, de todo lo que en su concepto mereciere particular atención para el mejor resultado de dichos trabajos, y si los encontrare defectuosos, ORDENANZA GENERAL DE LA ARMADA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 19-10-2000 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

u observare que éstos no quedan terminados en la forma ordenada, deberá participarlo al Oficial de equipo o Segundo Comandante, siendo responsable de cualquier descuido o tolerancia.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La supervisión efectiva puede prevenir errores costosos. Se recomienda establecer protocolos claros para la comunicación de problemas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 414 del 218?

El personal debe supervisar los trabajos realizados por operarios a bordo, reportando cualquier defecto. Esto es esencial para garantizar la calidad de los trabajos realizados.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 414 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] La supervisión efectiva puede prevenir errores costosos. Se recomienda establecer protocolos claros para la comunicación de problemas.

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