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Artículo 393. Registro de faltas y castigos

Los encargados llevarán un libro de faltas y entregarán un reporte diario de castigos al Jefe del Detalle. También deben estar al tanto de las consignas y uniformes del día.

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Texto Legal

Llevarán un libro para anotar las faltas cometidas por los individuos de la tripulación que sean sus inferiores; y a las 8 a.m. entregarán al Jefe del Detalle una relación de los castigos, especificando las faltas que los motivan. Cuidarán de enterarse del uniforme designado para el día y de las consignas y órdenes especiales para el servicio diario, y tendrán en su poder una lista del personal ausente del buque, por cualquier motivo, de los exceptuados del servicio y de los rebajados en la enfermería.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Un registro adecuado de las faltas es fundamental para la transparencia en la disciplina. Se recomienda realizar revisiones periódicas de estos registros para asegurar su precisión.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 393 del 218?

Los encargados llevarán un libro de faltas y entregarán un reporte diario de castigos al Jefe del Detalle. También deben estar al tanto de las consignas y uniformes del día.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 393 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] Un registro adecuado de las faltas es fundamental para la transparencia en la disciplina. Se recomienda realizar revisiones periódicas de estos registros para asegurar su precisión.

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