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Artículo 360. Exención de servicio de guardia

Este articulo menciona que en buques con suficiente personal, algunos Contramaestres estarán exentos del servicio de guardia. Esto permite una especialización en sus funciones.

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Texto Legal

En los buques donde hubiere personal bastante de Contramaestres, los de bitácora y señales estarán exentos del servicio de guardias y únicamente se ocuparán de su servicio especial; pero en todos los demás, entrarán en turno para el servicio militar y marinero, tanto en puerto como en la mar.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La especialización de funciones puede mejorar la eficiencia operativa del buque. Es importante que todos los miembros del equipo comprendan sus roles y responsabilidades para maximizar la efectividad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 360 del 218?

Este articulo menciona que en buques con suficiente personal, algunos Contramaestres estarán exentos del servicio de guardia. Esto permite una especialización en sus funciones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 360 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] La especialización de funciones puede mejorar la eficiencia operativa del buque. Es importante que todos los miembros del equipo comprendan sus roles y responsabilidades para maximizar la efectividad.

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