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Artículo 208. Trato digno hacia los marineros

Los Cabos deben tratar a los marineros con dignidad y respeto, evitando apodos y palabras inapropiadas. Esto fomenta un ambiente de trabajo positivo.

respetotratoambiente

Texto Legal

Serán dignos y corteses con los marineros, dando a todos el tratamiento de usted; los llamarán por su nombre y nunca se valdrán de apodos ni permitirán que usen entre sí palabras inconvenientes o chanzas de mala clase.

ORDENANZA GENERAL DE LA ARMADA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 19-10-2000 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Un trato respetuoso es fundamental para la moral de la tripulación. Se deben implementar políticas que promuevan un ambiente laboral saludable y respetuoso.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 208 del 218?

Los Cabos deben tratar a los marineros con dignidad y respeto, evitando apodos y palabras inapropiadas. Esto fomenta un ambiente de trabajo positivo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 208 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] Un trato respetuoso es fundamental para la moral de la tripulación. Se deben implementar políticas que promuevan un ambiente laboral saludable y respetuoso.

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