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Artículo 207. Listas de antigüedad y pertenencias

Los Cabos deben mantener listas de antigüedad de los marineros y de los enseres que les pertenecen. Esto es crucial para la administración del personal y recursos.

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Texto Legal

Tendrán una lista por antigüedad de los marineros de su rancho, las tablillas que a éste corresponden en los planes de combate, incendio o ejercicio, y una lista de las prendas de vestuario de los individuos que manden con los enseres que les pertenezcan, teniendo obligación de saber de memoria dichas tablillas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Mantener registros precisos es vital para la gestión de personal y recursos. Se recomienda utilizar sistemas digitales para facilitar esta tarea.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 207 del 218?

Los Cabos deben mantener listas de antigüedad de los marineros y de los enseres que les pertenecen. Esto es crucial para la administración del personal y recursos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 207 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] Mantener registros precisos es vital para la gestión de personal y recursos. Se recomienda utilizar sistemas digitales para facilitar esta tarea.

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