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Artículo 180. Conducta del centinela

El centinela debe dedicarse a la vigilancia sin distracciones ni acciones inapropiadas. La atención plena es esencial para el cumplimiento de su deber.

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Texto Legal

No conversar con nadie ni aun con marineros de su guardia, dedicando todo su cuidado a la vigilancia de su puesto. No deberá sentarse, dormir, beber, fumar o ejecutar acto alguno contrario a la decencia, o que lo distraiga de la atención que exija un puesto tan importante; pero sí podrá pasearse sin extenderse más de diez pasos de su puesto; con la precisa condición de no perder de vista ninguno de los objetos a que debe atender, ni abandonarlos, bajo la pena que le corresponda.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La vigilancia efectiva requiere concentración total. Se aconseja a los centinelas evitar distracciones y mantener una postura profesional en todo momento.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 180 del 218?

El centinela debe dedicarse a la vigilancia sin distracciones ni acciones inapropiadas. La atención plena es esencial para el cumplimiento de su deber.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 180 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] La vigilancia efectiva requiere concentración total. Se aconseja a los centinelas evitar distracciones y mantener una postura profesional en todo momento.

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