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Artículo 179. Prohibición de entregar el arma

El centinela no debe entregar su arma a nadie y no puede ser castigado ni reprendido mientras esté en su puesto. Esto protege su integridad y la del servicio.

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Texto Legal

El que estuviere de centinela, no entregará su arma a persona alguna; y mientras se halle en tal facción no podrá castigarlo ni el mismo Oficial de guardia, _o reprenderlo con palabras injuriosas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La protección del centinela es crucial para la seguridad del buque. Los marineros deben ser conscientes de que la entrega del arma puede comprometer la seguridad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 179 del 218?

El centinela no debe entregar su arma a nadie y no puede ser castigado ni reprendido mientras esté en su puesto. Esto protege su integridad y la del servicio.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 179 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] La protección del centinela es crucial para la seguridad del buque. Los marineros deben ser conscientes de que la entrega del arma puede comprometer la seguridad.

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