Establece las reglas generales sobre la representación de la sociedad y la responsabilidad de quienes la ejercen, complementando las disposiciones del artículo 10.
Toda sociedad podrá aumentar o disminuir su capital, observando, según su naturaleza, los requisitos que exige esta Ley.
La posibilidad de modificar el capital social es fundamental para la vida de la sociedad, pues permite adaptarse a las necesidades cambiantes del negocio, ya sea mediante la incorporación de nuevos socios o inversiones, o mediante la devolución de aportaciones a los socios.
Los aumentos de capital pueden realizarse mediante la emisión de nuevas acciones o partes sociales, aportaciones en efectivo o en especie, capitalización de utilidades o reservas, y conversión de pasivos en capital. Cada modalidad tiene requisitos legales específicos y tratamiento fiscal diferenciado.
Las disminuciones de capital están sujetas a requisitos más estrictos, incluyendo la publicación en el periódico oficial del domicilio de la sociedad y el derecho de oposición de los acreedores, ya que reducen la garantía patrimonial de la sociedad frente a terceros.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Desde la perspectiva de SDV Asesores, la representacion de la sociedad por sus administradores debe estar claramente definida en los estatutos sociales. Las facultades otorgadas deben ser suficientes para la operacion del negocio pero con limites claros para evitar abusos. Un poder demasiado amplio puede comprometer a la sociedad en operaciones no deseadas por los socios.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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