Los socios comanditarios no pueden ejercer acto alguno de administración ni aun con el carácter de apoderados de los administradores, bajo pena de quedar obligados solidariamente.
Los socios comanditarios no pueden ejercer acto alguno de administración ni aun con el carácter de apoderados de los administradores, bajo pena de quedar obligados solidariamente.
La Sociedad en Comandita Simple combina dos tipos de socios con responsabilidades diferentes: los comanditados, que responden como socios de una sociedad en nombre colectivo, y los comanditarios, cuya responsabilidad se limita al monto de sus aportaciones.
Esta estructura permitía históricamente que inversionistas participaran en negocios sin asumir responsabilidad ilimitada, funcionando como un antecedente de las sociedades de responsabilidad limitada y las sociedades anónimas modernas.
En la práctica actual, esta forma societaria tiene un uso muy limitado en México, pues las ventajas que ofrecía han sido superadas por la S. de R.L. y la S.A., que brindan responsabilidad limitada a todos los socios. Sin embargo, sigue siendo una opción válida para ciertos esquemas de inversión o asociación donde se desea una clara separación entre socios gestores y socios capitalistas.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Desde la perspectiva de SDV Asesores, las prohibiciones impuestas al socio comanditario tienen como finalidad preservar la separacion entre gestion y capital. El comanditario no puede realizar actos de administracion ni siquiera como apoderado. La violacion de estas prohibiciones lo expone a responsabilidad solidaria e ilimitada por las operaciones en que participe.
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Art. 53. Responsabilidad de los socios comanditarios
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