LGSM

Artículo 53. Responsabilidad de los socios comanditarios

El socio comanditario que permita la inclusión de su nombre en la razón social quedará sujeto a la responsabilidad de los comanditados, perdiendo la protección de responsabilidad limitada.

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Texto Legal

Artículo 53 – Responsabilidad de los socios comanditarios

El socio comanditario que permita la inclusión de su nombre en la razón social quedará sujeto a la responsabilidad de los comanditados, perdiendo la protección de responsabilidad limitada.

La Sociedad en Comandita Simple combina dos tipos de socios con responsabilidades diferentes: los comanditados, que responden como socios de una sociedad en nombre colectivo, y los comanditarios, cuya responsabilidad se limita al monto de sus aportaciones.

Esta estructura permitía históricamente que inversionistas participaran en negocios sin asumir responsabilidad ilimitada, funcionando como un antecedente de las sociedades de responsabilidad limitada y las sociedades anónimas modernas.

En la práctica actual, esta forma societaria tiene un uso muy limitado en México, pues las ventajas que ofrecía han sido superadas por la S. de R.L. y la S.A., que brindan responsabilidad limitada a todos los socios. Sin embargo, sigue siendo una opción válida para ciertos esquemas de inversión o asociación donde se desea una clara separación entre socios gestores y socios capitalistas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores advierte que el socio comanditario responde unicamente hasta el monto de su aportacion, siempre que no intervenga en la administracion de la sociedad. Si el comanditario participa en la gestion social, pierde el beneficio de responsabilidad limitada. Esta restriccion debe tenerse presente al disenar la estructura de gobierno de este tipo de sociedades.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 53 del LGSM?

El socio comanditario que permita la inclusión de su nombre en la razón social quedará sujeto a la responsabilidad de los comanditados, perdiendo la protección de responsabilidad limitada.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 53 de la Ley de Sociedades Mercantiles?

SDV Asesores advierte que el socio comanditario responde unicamente hasta el monto de su aportacion, siempre que no intervenga en la administracion de la sociedad. Si el comanditario participa en la gestion social, pierde el beneficio de responsabilidad limitada. Esta restriccion debe tenerse presente al disenar la estructura de gobierno de este tipo de sociedades.

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