LGSM

Artículo 238. Entrega de bienes a liquidadores

Los administradores entregarán a los liquidadores todos los bienes, libros y documentos de la sociedad, levantándose inventario del activo y pasivo.

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Texto Legal

Artículo 238 – Entrega de bienes a liquidadores

Los administradores entregarán a los liquidadores todos los bienes, libros y documentos de la sociedad, levantándose inventario del activo y pasivo.

El proceso de liquidación es la fase final de la vida de una sociedad mercantil, durante la cual se realizan los activos, se pagan las deudas y se distribuye el remanente entre los socios. Los liquidadores sustituyen a los administradores en la representación de la sociedad.

La liquidación debe realizarse de manera ordenada y transparente, protegiendo los derechos tanto de los acreedores como de los socios. Los liquidadores están sujetos a las mismas obligaciones de diligencia y lealtad que los administradores durante la vida activa de la sociedad.

Desde la perspectiva fiscal, la liquidación genera obligaciones especiales ante el SAT, incluyendo la determinación del resultado fiscal del ejercicio de liquidación conforme al artículo 12 del CFF, el pago de contribuciones pendientes y la presentación de la declaración final del ejercicio de liquidación.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Para SDV Asesores, la entrega de bienes y documentos a los liquidadores es una obligacion de los administradores salientes que debe documentarse mediante un inventario detallado. La falta de entrega oportuna puede generar responsabilidad para los administradores y retrasar el proceso de liquidacion. Recomendamos levantar un acta circunstanciada que detalle los bienes, documentos y contingencias existentes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 238 del LGSM?

Los administradores entregarán a los liquidadores todos los bienes, libros y documentos de la sociedad, levantándose inventario del activo y pasivo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 238 de la Ley de Sociedades Mercantiles?

Para SDV Asesores, la entrega de bienes y documentos a los liquidadores es una obligacion de los administradores salientes que debe documentarse mediante un inventario detallado. La falta de entrega oportuna puede generar responsabilidad para los administradores y retrasar el proceso de liquidacion. Recomendamos levantar un acta circunstanciada que detalle los bienes, documentos y contingencias existentes.

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