Se da la escisión cuando una sociedad denominada escindente decide extinguirse y dividir la totalidad o parte de su activo, pasivo y capital social en dos o más partes.
Se da la escisión cuando una sociedad denominada escindente decide extinguirse y dividir la totalidad o parte de su activo, pasivo y capital social en dos o más partes.
Las operaciones de fusión, transformación y escisión son las principales formas de reestructuración corporativa reconocidas por la legislación mexicana. Cada una tiene requisitos específicos de aprobación, publicidad y plazos para proteger los derechos de socios y acreedores.
Estas operaciones tienen implicaciones fiscales de gran trascendencia. Conforme al artículo 14-B del Código Fiscal de la Federación, la fusión y la escisión no se considerarán enajenación siempre que se cumplan los requisitos establecidos en dicho precepto, incluyendo la presentación de avisos al SAT y la continuación de actividades.
En la práctica empresarial, estas herramientas son frecuentemente utilizadas para la reorganización de grupos empresariales, la optimización de estructuras corporativas y la separación de líneas de negocio, siempre con asesoría especializada en materia corporativa y fiscal.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores advierte que la escision es una operacion de reestructuracion que permite dividir el patrimonio de una sociedad entre dos o mas sociedades. Es una herramienta frecuente en planeacion fiscal y corporativa. Las implicaciones bajo el articulo 14-B del CFF son cruciales, ya que la escision puede generar enajenacion ficta si no se cumplen los requisitos de la ley fiscal. Recomendamos un analisis integral antes de proceder.
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