LGSM

Artículo 172. Informe del administrador a la asamblea

El administrador o consejo de administración presentará a la asamblea ordinaria un informe que incluya un estado financiero completo del ejercicio.

informeestados financierosejercicio

Texto Legal

Artículo 172 – Informe del administrador a la asamblea

El administrador o consejo de administración presentará a la asamblea ordinaria un informe que incluya un estado financiero completo del ejercicio.

Esta disposición forma parte del régimen de gobierno corporativo de la Sociedad Anónima, que establece los mecanismos de toma de decisiones, administración y vigilancia que garantizan la protección de los derechos de todos los accionistas.

El gobierno corporativo de la S.A. se estructura en tres niveles: la asamblea de accionistas como órgano supremo de decisión, el consejo de administración o administrador único como órgano de gestión, y los comisarios como órgano de vigilancia. Esta separación de funciones es fundamental para el control interno de la sociedad.

El cumplimiento de las formalidades de convocatoria, quórum y votación establecidas en la ley es esencial para la validez de las resoluciones societarias. Su incumplimiento puede dar lugar a la nulidad de las resoluciones y a la responsabilidad de los administradores que las hayan ejecutado.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores destaca que el informe anual del administrador a la asamblea debe contener informacion veraz y completa sobre la marcha de los negocios sociales. Este informe es la base para que los accionistas evaluen la gestion y tomen decisiones sobre dividendos, reeleccion de funcionarios y otros asuntos. La responsabilidad por informacion falsa o enganosa recae directamente en los administradores.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 172 del LGSM?

El administrador o consejo de administración presentará a la asamblea ordinaria un informe que incluya un estado financiero completo del ejercicio.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 172 de la Ley de Sociedades Mercantiles?

SDV Asesores destaca que el informe anual del administrador a la asamblea debe contener informacion veraz y completa sobre la marcha de los negocios sociales. Este informe es la base para que los accionistas evaluen la gestion y tomen decisiones sobre dividendos, reeleccion de funcionarios y otros asuntos. La responsabilidad por informacion falsa o enganosa recae directamente en los administradores.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 172 del LGSM?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 172 LGSM desde tu celular