LGSM

Artículo 145. Responsabilidad de los administradores

Los administradores son solidariamente responsables ante la sociedad por las operaciones realizadas en contravención de la ley o los estatutos.

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Texto Legal

Artículo 145 – Responsabilidad de los administradores

Los administradores son solidariamente responsables ante la sociedad por las operaciones realizadas en contravención de la ley o los estatutos.

Esta disposición forma parte del régimen de gobierno corporativo de la Sociedad Anónima, que establece los mecanismos de toma de decisiones, administración y vigilancia que garantizan la protección de los derechos de todos los accionistas.

El gobierno corporativo de la S.A. se estructura en tres niveles: la asamblea de accionistas como órgano supremo de decisión, el consejo de administración o administrador único como órgano de gestión, y los comisarios como órgano de vigilancia. Esta separación de funciones es fundamental para el control interno de la sociedad.

El cumplimiento de las formalidades de convocatoria, quórum y votación establecidas en la ley es esencial para la validez de las resoluciones societarias. Su incumplimiento puede dar lugar a la nulidad de las resoluciones y a la responsabilidad de los administradores que las hayan ejecutado.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Desde la perspectiva de SDV Asesores, la responsabilidad de los administradores de la S.A. es personal y puede ser solidaria cuando actuaron conjuntamente en la decision danosa. Los administradores responden por violaciones a la ley, los estatutos o por negligencia en sus funciones. Es indispensable que los administradores conozcan sus obligaciones legales y cuenten con seguros D&O como proteccion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 145 del LGSM?

Los administradores son solidariamente responsables ante la sociedad por las operaciones realizadas en contravención de la ley o los estatutos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 145 de la Ley de Sociedades Mercantiles?

Desde la perspectiva de SDV Asesores, la responsabilidad de los administradores de la S.A. es personal y puede ser solidaria cuando actuaron conjuntamente en la decision danosa. Los administradores responden por violaciones a la ley, los estatutos o por negligencia en sus funciones. Es indispensable que los administradores conozcan sus obligaciones legales y cuenten con seguros D&O como proteccion.

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