LRPCAP

Artículo 9. Interés Familiar y del Niño

Se debe proteger la organización familiar y el interés superior del niño en el reconocimiento de la condición de refugiado. Esto refuerza la importancia de la unidad familiar en el proceso.

interes superiorfamiliarefugiados
Texto vigente — Sin reformas posteriores al 18 de febrero de 2022. Verificado en 2026.

Texto Legal

En el reconocimiento de la condición de refugiado deberá protegerse la organización y el desarrollo de la familia, así como el interés superior del niño, conforme a lo establecido en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Artículo reformado DOF 11-11-2020

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Este artículo subraya la importancia de considerar el bienestar familiar en los procesos de asilo. Asegúrese de que sus clientes presenten evidencia de la unidad familiar en sus solicitudes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 9 del LRPCAP?

Se debe proteger la organización familiar y el interés superior del niño en el reconocimiento de la condición de refugiado. Esto refuerza la importancia de la unidad familiar en el proceso.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 9 de la LEY sobre Refugiados, Protección Complementaria...?

[IA] Este artículo subraya la importancia de considerar el bienestar familiar en los procesos de asilo. Asegúrese de que sus clientes presenten evidencia de la unidad familiar en sus solicitudes.

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