LRPCAP

Artículo 52. Expulsión por seguridad nacional

Este articulo permite la expulsión de refugiados si representan un riesgo para la seguridad nacional o han sido condenados por delitos graves. Se establece un marco para la protección y seguridad del país.

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Texto Legal

Si hay razones fundadas para considerar que el solicitante, refugiado, o extranjero que reciba protección complementaria, pone en riesgo la seguridad nacional, o bien, si habiendo sido objeto de una condena definitiva por un delito grave cuya naturaleza constituye una amenaza a la sociedad, podrá ser expulsado o devuelto a otro país.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los abogados deben estar al tanto de las circunstancias que pueden llevar a la expulsión de un refugiado y asesorar sobre cómo evitar situaciones de riesgo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 52 del LRPCAP?

Este articulo permite la expulsión de refugiados si representan un riesgo para la seguridad nacional o han sido condenados por delitos graves. Se establece un marco para la protección y seguridad del país.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 52 de la LEY sobre Refugiados, Protección Complementaria...?

[IA] Los abogados deben estar al tanto de las circunstancias que pueden llevar a la expulsión de un refugiado y asesorar sobre cómo evitar situaciones de riesgo.

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