Los extranjeros pueden interponer un recurso de revisión contra la resolución en un plazo de 15 días hábiles. Esto proporciona una vía para impugnar decisiones que consideren injustas.
En contra de la resolución procederá el recurso de revisión, mismo que deberá ser presentado dentro de los 15 días hábiles siguientes contados a partir de la notificación respectiva. De igual forma el extranjero podrá interponer los medios de defensa que estime pertinentes de conformidad con las disposiciones aplicables.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es crucial que los refugiados actúen rápidamente si desean impugnar una decisión, ya que los plazos son estrictos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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