LRPCAP

Artículo 29. Evaluacion de proteccion complementaria

La Secretaría evaluará si un solicitante de refugio requiere protección complementaria si no cumple con los requisitos para ser reconocido como refugiado. Esta evaluación es crucial para asegurar la protección de aquellos que enfrentan riesgos en su país de origen.

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Texto Legal

Cuando la Secretaría determine que un solicitante no reúne los requisitos para ser reconocido como refugiado, deberá, en cada caso, evaluar si el extranjero requiere protección complementaria.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es importante que los solicitantes estén preparados para proporcionar toda la información necesaria durante la evaluación, ya que esto puede influir en la decisión de la Secretaría.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 29 del LRPCAP?

La Secretaría evaluará si un solicitante de refugio requiere protección complementaria si no cumple con los requisitos para ser reconocido como refugiado. Esta evaluación es crucial para asegurar la protección de aquellos que enfrentan riesgos en su país de origen.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 29 de la LEY sobre Refugiados, Protección Complementaria...?

[IA] Es importante que los solicitantes estén preparados para proporcionar toda la información necesaria durante la evaluación, ya que esto puede influir en la decisión de la Secretaría.

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