LEBHN

Artículo 37. Entrega de la Banda Presidencial

En la ceremonia de transmisión del Poder Ejecutivo, se establece el procedimiento para la entrega de la Banda Presidencial. Este articulo asegura la continuidad del simbolismo en el cambio de gobierno.

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Texto Legal

En la ceremonia de transmisión del Poder Ejecutivo Federal, una vez que el Presidente entrante haya rendido la protesta constitucional, el saliente entregará la Banda al Presidente del Congreso de la Unión, quien la pondrá en manos del Presidente de la República para que éste se la coloque a sí mismo.

CAPITULO QUINTO De la Ejecución y Difusión del Himno Nacional

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La correcta entrega de la Banda es un acto simbólico que debe ser realizado con gran solemnidad. Es un momento clave en la transición de gobierno.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 37 del LEBHN?

En la ceremonia de transmisión del Poder Ejecutivo, se establece el procedimiento para la entrega de la Banda Presidencial. Este articulo asegura la continuidad del simbolismo en el cambio de gobierno.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 37 de la LEY sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Naci...?

[IA] La correcta entrega de la Banda es un acto simbólico que debe ser realizado con gran solemnidad. Es un momento clave en la transición de gobierno.

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