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Artículo 97. Obligaciones tras no rescindir

Si no se rescinde el contrato tras un daño, la aseguradora solo responderá por el resto de la suma asegurada. Esto limita la responsabilidad futura.

obligacionesno rescindirsuma asegurada

Texto Legal

En el caso del artículo anterior, si no se rescinde el contrato, la empresa no quedará obligada en lo sucesivo sino por el resto de la suma asegurada.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los asegurados deben considerar las implicaciones de no rescindir el contrato tras un siniestro, ya que esto puede afectar su cobertura futura.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 97 del 211?

Si no se rescinde el contrato tras un daño, la aseguradora solo responderá por el resto de la suma asegurada. Esto limita la responsabilidad futura.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 97 de la LEY Sobre el Contrato de Seguro?

[IA] Los asegurados deben considerar las implicaciones de no rescindir el contrato tras un siniestro, ya que esto puede afectar su cobertura futura.

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