211

Artículo 152. Póliza de seguro de caución

La póliza de seguro de caución debe expedirse en duplicado y contener información específica sobre el asegurado y las obligaciones cubiertas. Esto asegura claridad en los términos del contrato.

pólizacaucióndocumentación

Texto Legal

La póliza de seguro de caución se expedirá por duplicado, conservando un ejemplar el contratante y el otro la aseguradora. Además de los requisitos del artículo 20 de esta Ley, la póliza deberá contener la firma del contratante del seguro y una cláusula en la que se señale que la empresa de seguros asumirá el riesgo ante el asegurado mediante la expedición de un certificado de seguro de caución, al que el contratante del seguro reconoce la misma fuerza y validez que a la póliza. Artículo adicionado DOF 04-04-2013

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es recomendable que los asegurados revisen cuidadosamente la póliza de seguro de caución para asegurarse de que todos los detalles sean correctos y estén completos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 152 del 211?

La póliza de seguro de caución debe expedirse en duplicado y contener información específica sobre el asegurado y las obligaciones cubiertas. Esto asegura claridad en los términos del contrato.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 152 de la LEY Sobre el Contrato de Seguro?

[IA] Es recomendable que los asegurados revisen cuidadosamente la póliza de seguro de caución para asegurarse de que todos los detalles sean correctos y estén completos.

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