En casos de deterioro por vicio de la cosa, la aseguradora debe justificar el estado de los efectos asegurados en un plazo de veinticuatro horas tras el aviso. Esto establece un procedimiento claro para la defensa de la aseguradora.
En los casos de deterioro por vicio de la cosa o transcurso del tiempo, la empresa aseguradora justificara judicialmente el estado de los efectos asegurados, dentro de las veinticuatro horas siguientes al aviso que de su llegada al lugar en que deban entregarse le dé el asegurado. Sin esta justificación no será admisible la excepción que proponga para eximirse de su responsabilidad como asegurador.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La aseguradora debe estar preparada para cumplir con este requisito para no perder su defensa. Los asegurados deben estar al tanto de este proceso para facilitar la reclamación.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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