LSS

Artículo 23. Caducidad de facultades de determinación del IMSS

Establece que las facultades del IMSS para fijar en cantidad líquida las cuotas obrero-patronales, imponer sanciones y aplicar recargos, se extinguen por caducidad en el plazo de cinco años.

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Texto Legal

Artículo 23 – Caducidad

Las facultades del Instituto para comprobar el cumplimiento de las obligaciones de los patrones y demás sujetos obligados, así como para determinar los créditos a su favor y las bases de su liquidación o para fijar en cantidad líquida los capitales constitutivos, se extinguen en el plazo de cinco años.

Cómputo del plazo

El plazo de cinco años se cuenta a partir de:

1. La fecha de la presentación del aviso afiliatorio o declaración de cuotas
2. La fecha en que se debieron presentar cuando hubo omisión
3. La fecha del hecho generador del capital constitutivo

Efectos prácticos

- Una vez transcurridos 5 años, el IMSS no puede determinar diferencias ni capitales constitutivos.
- El patrón puede oponer la caducidad como excepción en cualquier etapa del procedimiento.
- La caducidad opera de pleno derecho, no requiere declaración judicial.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Desde la optica de SDV, la prescripcion de cuotas es un tema relevante en la defensa ante creditos fiscales del IMSS. Este articulo establece los plazos en que prescribe la obligacion de pago, lo cual puede ser utilizado como argumento de defensa cuando el IMSS determina adeudos correspondientes a periodos anteriores al plazo de prescripcion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 23 del LSS?

Establece que las facultades del IMSS para fijar en cantidad líquida las cuotas obrero-patronales, imponer sanciones y aplicar recargos, se extinguen por caducidad en el plazo de cinco años.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 23 de la Ley del Seguro Social?

Desde la optica de SDV, la prescripcion de cuotas es un tema relevante en la defensa ante creditos fiscales del IMSS. Este articulo establece los plazos en que prescribe la obligacion de pago, lo cual puede ser utilizado como argumento de defensa cuando el IMSS determina adeudos correspondientes a periodos anteriores al plazo de prescripcion.

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