Establece que las cuotas obrero-patronales se causan por mensualidades vencidas y que el patrón está obligado a determinar sus importes en los formatos impresos o usando el programa informático autorizado por el Instituto.
Las cuotas obrero patronales se causan por mensualidades vencidas y el patrón está obligado a determinar sus importes en los formatos impresos o usando el programa informático autorizado por el Instituto.
| Concepto | Periodicidad | Fecha límite |
|---|---|---|
| Cuotas de EyM, IV, RT | Mensual | Día 17 del mes siguiente |
| Cuotas de RCV y guarderías | Bimestral | Día 17 del mes siguiente al bimestre |
Las cuotas se determinan y pagan mediante:
- SUA (Sistema Único de Autodeterminación): Software oficial del IMSS
- SIPARE (Sistema de Pago Referenciado): Plataforma de pago electrónico
- Instituciones bancarias autorizadas
- Actualización conforme al INPC
- Recargos por mora (tasa mensual establecida por el Congreso)
- Posible multa por determinación incorrecta
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Para los patrones asesorados por SDV, este articulo establece la obligacion de retener las cuotas obreras del salario del trabajador. El incumplimiento de esta obligacion no exime al patron del pago de las cuotas; si no retuvo la parte obrera, debera absorberla. La retencion debe reflejarse correctamente en los recibos de nomina y en los CFDI correspondientes.
Art. 15. Obligaciones de los patrones
Enumera las obligaciones fundamentales de los patrones ante el IMSS: registro patronal, inscripción de trabajadores, comunicación de modificaciones salariales, determinación y pago de cuotas, y llevar registros de nómina.
Art. 29. Avisos de alta, baja y modificación salarial
Establece los plazos y procedimientos para que los patrones presenten ante el IMSS los avisos de alta, baja y modificación salarial de sus trabajadores, siendo el plazo general de cinco días hábiles.
Art. 39. Forma de pago de las cuotas obrero-patronales
Establece que el patrón es responsable de retener y enterar tanto su cuota patronal como la cuota obrera al IMSS, quedando obligado por el total de ambas en caso de no realizar la retención.
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Art. 20. Trabajadores con varios patrones (multiempleo)
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Art. 22. Prescripción del derecho a cobrar cuotas
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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