LSS

Artículo 105. Reversión de cuotas por servicios médicos patronales

Permite que los patrones que presten directamente servicios médicos equivalentes a los del IMSS obtengan una reversión parcial de las cuotas del seguro de enfermedades y maternidad.

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Texto Legal

Artículo 105 – Reversión de Cuotas

Los patrones que tengan instaladas guarderías o servicios de medicina y maternidad para sus trabajadores podrán solicitar al Instituto la subrogación parcial de los servicios.

Requisitos para la reversión

1. Los servicios médicos patronales deben cumplir los estándares del IMSS
2. Se debe celebrar convenio de subrogación con el Instituto
3. Los trabajadores deben contar con las mismas prestaciones que otorga el IMSS
4. El IMSS verificará periódicamente la calidad de los servicios

Porcentaje de reversión

El IMSS determina el porcentaje de cuotas que revierte al patrón, considerando:
- Nivel de servicios proporcionados
- Cobertura de los mismos
- Calidad y oportunidad de la atención

Beneficios para el patrón

La reversión de cuotas puede significar un ahorro significativo para empresas grandes que cuentan con infraestructura médica propia de alta calidad.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Desde la perspectiva de SDV, este articulo sobre la cuota estatal al seguro de enfermedades y maternidad complementa el esquema tripartito de financiamiento. El gobierno federal aporta una cuota diaria por cada asegurado, lo cual reduce la carga para patrones y trabajadores. Este esquema de financiamiento compartido es lo que hace viable economicamente el sistema de seguridad social.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 105 del LSS?

Permite que los patrones que presten directamente servicios médicos equivalentes a los del IMSS obtengan una reversión parcial de las cuotas del seguro de enfermedades y maternidad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 105 de la Ley del Seguro Social?

Desde la perspectiva de SDV, este articulo sobre la cuota estatal al seguro de enfermedades y maternidad complementa el esquema tripartito de financiamiento. El gobierno federal aporta una cuota diaria por cada asegurado, lo cual reduce la carga para patrones y trabajadores. Este esquema de financiamiento compartido es lo que hace viable economicamente el sistema de seguridad social.

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