Los sujetos obligados deben designar a un responsable para recibir y resolver solicitudes de réplica. Esta figura es esencial para la correcta atención de los derechos de los ciudadanos.
Los sujetos obligados deberán contar en todo tiempo con un responsable para recibir y resolver sobre las solicitudes de réplica.
Los sujetos obligados deberán tener permanentemente en su portal electrónico el nombre completo del responsable, domicilio, código postal, entidad federativa, correo electrónico y teléfono.
En los casos en que el sujeto obligado contemple, como parte de su organización interna un defensor de los derechos de los lectores, radioescuchas o televidentes, según sea el caso, y cualquiera que sea la denominación que se otorgue al responsable de esa función, este mismo podrá ser designado como responsable de atender y resolver las solicitudes a que se refiere el presente artículo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es recomendable que los medios capaciten a sus responsables en el manejo de solicitudes de réplica para asegurar una respuesta adecuada y oportuna.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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