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Artículo 59. Remuneración del servicio social

La remuneración del servicio social debe ser suficiente para cubrir las necesidades del estudiante o profesionista. Esto asegura un trato justo durante su formación.

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Texto Legal

Cuando el servicio social absorba totalmente las actividades del estudiante o del profesionista, la remuneración respectiva deberá ser suficiente para satisfacer decorosamente sus necesidades.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es importante que los colegios supervisen las condiciones de remuneración para garantizar que se cumplan los estándares establecidos por la ley.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 59 del 208_190118?

La remuneración del servicio social debe ser suficiente para cubrir las necesidades del estudiante o profesionista. Esto asegura un trato justo durante su formación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 59 de la LEY , relativo al ejercicio de las profesiones ...?

[IA] Es importante que los colegios supervisen las condiciones de remuneración para garantizar que se cumplan los estándares establecidos por la ley.

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