La Junta se reunirá mensualmente y de manera extraordinaria cuando sea necesario, requiriendo un quórum de mayoría simple para tomar decisiones. Esto garantiza la agilidad en sus operaciones.
La Junta sesionará de manera ordinaria una vez al mes y extraordinariamente cuando sea necesario. En ambos casos, se requiere un quórum de mayoría simple de sus integrantes para su funcionamiento y las resoluciones que adopten serán válidas cuando se aprueben por cuando menos tres votos de los integrantes presentes.
Las sesiones de la Junta serán convocadas por la presidencia, por conducto de la Secretaría Ejecutiva, o mediante solicitud que formulen a éste cuando menos tres de sus integrantes. Las demás reglas para el debido funcionamiento de la Junta se establecerán en el Reglamento.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es importante que los integrantes estén bien informados y preparados para las sesiones, ya que las decisiones tomadas pueden tener un impacto significativo en la educación.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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