207

Artículo 49. Patrimonio del Instituto

El patrimonio del Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares se compone de bienes recibidos, asignaciones del Gobierno Federal y percepciones por servicios. Esto establece la base financiera para sus operaciones y proyectos.

patrimonioinstitutofinanzasgobierno

Texto Legal

El patrimonio del Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares se integra con los bienes que reciba, las asignaciones que haga en su favor el Gobierno Federal, las percepciones que obtenga por la prestación de servicios relacionados con su objeto y, en su caso, cualesquiera rendimientos y aportaciones que perciba en los términos de las normas aplicables.

CAPITULO VI La Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es importante que los contadores comprendan la estructura patrimonial del instituto para evaluar su capacidad financiera y la viabilidad de proyectos futuros.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 49 del 207?

El patrimonio del Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares se compone de bienes recibidos, asignaciones del Gobierno Federal y percepciones por servicios. Esto establece la base financiera para sus operaciones y proyectos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 49 de la LEY?

[IA] Es importante que los contadores comprendan la estructura patrimonial del instituto para evaluar su capacidad financiera y la viabilidad de proyectos futuros.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 49 del 207?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 49 207 desde tu celular