El Director General del organismo es designado por el Secretario de Energía y tiene funciones como representar legalmente a la entidad y proponer medidas para su mejor funcionamiento. También es responsable de la ejecución de acuerdos del Consejo Directivo.
El Director General del Organismo será designado por el Secretario de Energía y tendrá las siguientes funciones: Párrafo reformado DOF 09-04-2012
I.- Representar legalmente a la entidad ante toda clase de autoridades, organismos públicos y privados y demás personas en general, sin ninguna limitación, con la suma de facultades generales y las especiales que requieran cláusulas expresa conforme la Ley, inclusive para sustituir o delegar dicha representación así como otorgar poderes generales o especiales para realizar actos de administración en materia laboral, delegar sus facultades de representación legal para que en nombre del organismo se comparezca a las audiencias de conciliación, de demanda y excepciones y demás diligencias en procedimientos y juicios laborales;
II.- Ejecutar y promover el cumplimiento de los acuerdos y resoluciones del Consejo Directivo;
III.- Proponer al Consejo las medidas adecuadas para el mejor funcionamiento del Instituto;
IV.- Formular y presentar al Consejo los proyectos de reglamento interior y de los presupuestos de ingresos y egresos;
V.- Formular y presentar al Consejo los programas anuales y de mediano y largo plazos, de conformidad a las políticas, prioridades y objetivos de la planeación nacional;
VI.- Presentar anualmente un informe de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos en torno a los objetivos definidos en sus programas; LEY REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 27 CONSTITUCIONAL EN MATERIA NUCLEAR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 09-04-2012 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
VII.- Nombrar y remover a los servidores públicos del Organismo, así como contratar la prestación de servicios que se requieran, de acuerdo a las disposiciones en vigor, y proponer al Consejo Directivo los nombramientos y remociones de los funcionarios del nivel inmediato inferior, y
VIII.- Las demás que se deriven de las disposiciones aplicables a las entidades de la Administración Pública Paraestatal y le encomiende el Consejo Directivo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La figura del Director General es fundamental para la gestión del organismo, por lo que es importante que los profesionales del derecho estén al tanto de sus atribuciones y responsabilidades.
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