207

Artículo 25. Requisitos para instalaciones nucleares

Las instalaciones nucleares deben cumplir con requisitos específicos en su emplazamiento, diseño y operación. Estos requisitos se basan en el riesgo asociado a las operaciones con material radiactivo.

instalaciones nuclearesrequisitosdiseño

Texto Legal

Las instalaciones nucleares y radiactivas deberán satisfacer los requisitos para el emplazamiento (selección, estudio y evaluación de la localización), diseño, construcción, operación, modificación, cese de operaciones, cierre definitivo y desmantelamiento, establecidos en las disposiciones reglamentarias de esta Ley.

LEY REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 27 CONSTITUCIONAL EN MATERIA NUCLEAR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 09-04-2012 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Los requisitos a que se hace mención se determinarán atendiendo al riesgo relacionado con las operaciones en que se involucra material radiactivo, y en función de la actividad y radiotoxicidad de los isótopos que estén presentes.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Las empresas deben realizar evaluaciones de riesgo detalladas antes de la construcción de instalaciones nucleares para asegurar el cumplimiento de los requisitos establecidos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 25 del 207?

Las instalaciones nucleares deben cumplir con requisitos específicos en su emplazamiento, diseño y operación. Estos requisitos se basan en el riesgo asociado a las operaciones con material radiactivo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 25 de la LEY?

[IA] Las empresas deben realizar evaluaciones de riesgo detalladas antes de la construcción de instalaciones nucleares para asegurar el cumplimiento de los requisitos establecidos.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 25 del 207?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 25 207 desde tu celular