Al concluir la audiencia, el ministro instructor someterá el proyecto de resolución al Tribunal Pleno según lo previsto en la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Una vez concluida la audiencia, la ministra o el ministro instructor someterá a la consideración del Tribunal Pleno el proyecto de resolución respectivo en los términos previstos en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Artículo reformado DOF 03-04-2025
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es importante que los abogados comprendan el proceso de sometimiento del proyecto de resolución, ya que esto afecta el tiempo de espera para la decisión final del tribunal.
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