LRArt76_fracVI

Artículo 19. Elaboración del proyecto de resolución

La Comisión elaborará un proyecto de resolución basado en la solicitud y los informes recibidos. Este proyecto debe observar las disposiciones constitucionales pertinentes.

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Texto Legal

La Comisión, elaborará el proyecto de resolución con base en la solicitud, los informes, los elementos de convicción que se allegue y las constancias que integren el expediente respectivo.

En la elaboración del proyecto, se observarán las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las de la Constitución particular del Estado al que pertenecen las partes.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La elaboración del proyecto de resolución es un paso crítico. Abogados deben asegurarse de que todos los elementos de convicción sean presentados adecuadamente para influir en el resultado.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 19 del LRArt76_fracVI?

La Comisión elaborará un proyecto de resolución basado en la solicitud y los informes recibidos. Este proyecto debe observar las disposiciones constitucionales pertinentes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 19 de la LEY Reglamentaria de la fracción VI del artícul...?

[IA] La elaboración del proyecto de resolución es un paso crítico. Abogados deben asegurarse de que todos los elementos de convicción sean presentados adecuadamente para influir en el resultado.

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