Si el Senado determina la desaparición de poderes, solicitará al Presidente una terna para nombrar un gobernador provisional. Este proceso debe realizarse en un plazo de tres días.
Si el Senado determina que han desaparecido los poderes constitucionales procederá a formular la declaratoria de que se está en el caso de nombrar gobernador provisional; para este efecto solicitará del Presidente de la República la presentación de una terna para que, de entre las personas que la compongan, se haga el nombramiento respectivo. La presentación de la terna se hará dentro de los tres días siguientes a la solicitud del Senado.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
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