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Artículo 14. Duracion del gobernador provisional

El gobernador provisional concluirá su mandato si la desaparición de poderes se declara cerca de las elecciones ordinarias. Esto asegura la continuidad del gobierno electo.

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Texto Legal

Cuando la desaparición de poderes sea declarada dentro de los seis meses anteriores a la celebración de las elecciones ordinarias de gobernador constitucional, o exista gobernador electo, el gobernador provisional concluirá el período respectivo.

LEY REGLAMENTARIA DE LA FRACCIÓN V DEL ARTÍCULO 76 DE LA CONSTITUCIÓN GENERAL DE LA REPÚBLICA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 29-12-1978 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

En este mismo caso, el gobernador provisional convocará a la elección constitucional ordinaria respectiva para la integración del Congreso o la legislatura estatal, a menos que ya hubiere convocatoria a elecciones o existieren diputados electos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Este artículo es importante para entender el tiempo de mandato del gobernador provisional. Los abogados deben asesorar sobre las implicaciones de esta duración en el contexto electoral.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 14 del 202?

El gobernador provisional concluirá su mandato si la desaparición de poderes se declara cerca de las elecciones ordinarias. Esto asegura la continuidad del gobierno electo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 14 de la LEY Reglamentaria de la Fracción V del Artículo...?

[IA] Este artículo es importante para entender el tiempo de mandato del gobernador provisional. Los abogados deben asesorar sobre las implicaciones de esta duración en el contexto electoral.

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