Se imponen penas severas para quienes importen o exporten uranio, torio y otras substancias radioactivas sin autorización. Las sanciones incluyen prisión de seis a doce años y multas significativas.
Al que importe o exporte uranio, torio, plutonio Pu-239 y demás substancias de las cuales puedan separarse, producirse u obtenerse isótopos hendibles o materias radioactivas que produzcan energía nuclear se le impondrá una pena de seis a doce años de prisión y multa de quinientos a veinte mil pesos, sin perjuicio de aplicarle, en su caso, la inhabilitación a que se refiere el artículo anterior.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La importación y exportación de estas substancias es un área de alto riesgo legal. Las empresas deben asegurarse de cumplir con todas las regulaciones y obtener los permisos necesarios para evitar sanciones severas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo