Senala las excepciones a la aplicacion de la Ley, excluyendo a las sociedades de informacion crediticia reguladas por la Ley para Regular las Sociedades de Informacion Crediticia y a los datos personales en posesion de sujetos obligados conforme a la legislacion de transparencia.
Son sujetos regulados por esta Ley, los particulares sean personas fisicas o morales de caracter privado que lleven a cabo el tratamiento de datos personales, con excepcion de:
- I. Las sociedades de informacion crediticia en los supuestos de la Ley para Regular las Sociedades de Informacion Crediticia (Buro de Credito y Circulo de Credito) y demas disposiciones aplicables
- II. Las personas que lleven a cabo la recoleccion y almacenamiento de datos personales, que sea para uso exclusivamente personal, y sin fines de divulgacion o utilizacion comercial
La excepcion para las sociedades de informacion crediticia (SIC) reconoce que estas entidades ya cuentan con una regulacion especializada que establece sus propias reglas sobre el manejo de datos crediticios. Sin embargo, cuando las SIC traten datos personales fuera del ambito de su regulacion especifica, les sera aplicable la LFPDPPP.
La excepcion de uso personal aplica unicamente a situaciones como agendas personales, listados de contactos familiares o registros domesticos, siempre que no tengan fines comerciales ni sean objeto de divulgacion sistematica.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: Es fundamental que las empresas comprendan que la LFPDPPP les aplica en su totalidad, salvo que encuadren especificamente en las excepciones de este articulo. Algunas organizaciones asumen erroneamente que por manejar datos de caracter publico o por ser pequenas empresas estan exentas de la Ley, lo cual es incorrecto. Solo las sociedades de informacion crediticia en su ambito regulado y el uso exclusivamente personal estan exceptuados.
Art. 1. Objeto de la Ley
Establece que la Ley es de orden publico y tiene por objeto la proteccion de los datos personales en posesion de los particulares, con la finalidad de regular su tratamiento legitimo, controlado e informado, garantizando la privacidad y el derecho a la autodeterminacion informativa de las personas.
Art. 3. Definiciones
Contiene las definiciones fundamentales de la Ley, incluyendo los conceptos de datos personales, datos personales sensibles, responsable, encargado, titular, tratamiento, transferencia, aviso de privacidad, consentimiento, bloqueo y otros terminos esenciales para su aplicacion.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo