LOPRDECON

Ley Organica de la Procuraduria de la Defensa del Contribuyente

La Ley Organica de la Procuraduria de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) regula al organismo publico descentralizado encargado de proteger los derechos de los contribuyentes en Mexico. Establece las atribuciones del ombudsman fiscal, incluyendo asesoria, representacion legal, mediacion mediante acuerdos conclusivos, investigacion de practicas fiscales indebidas y emision de recomendaciones a las autoridades tributarias.

Publicado: 4 de septiembre de 2006|Última reforma: 7 de septiembre de 2015| PDF oficial

Estructura

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Artículos (28)

Art.
1

Artículo 1. Naturaleza juridica de PRODECON

Establece que la Procuraduria de la Defensa del Contribuyente es un organismo publico descentralizado, no sectorizado, con autonomia tecnica, funcional y de gestion, personalidad juridica y patrimonio propios.

naturaleza juridicaorganismo descentralizadono sectorizado
Art.
2

Artículo 2. Objeto de PRODECON

Define el objeto de PRODECON: garantizar el derecho de los contribuyentes, mediante la asesoria, representacion y defensa, asi como la recepcion de quejas y emision de recomendaciones en materia fiscal.

objetoderechos del contribuyenteasesoria
Art.
3

Artículo 3. Patrimonio de PRODECON

Establece la composicion del patrimonio de la Procuraduria, integrado por los recursos presupuestales que le asigne la Camara de Diputados, los bienes muebles e inmuebles que adquiera y los demas bienes y derechos que obtenga.

patrimoniopresupuestorecursos
Art.
4

Artículo 4. Independencia tecnica y funcional

Garantiza la independencia tecnica y funcional de PRODECON, estableciendo que ninguna autoridad podra influir en sus criterios, resoluciones o recomendaciones. Los servidores publicos de PRODECON no pueden ser sancionados por el contenido de sus opiniones.

independenciaautonomia tecnicainmunidad
Art.
5

Artículo 5. Atribuciones de PRODECON

Enumera las atribuciones de la Procuraduria: asesorar, representar, investigar, proponer modificaciones legales, analizar normas fiscales, emitir recomendaciones, promover la cultura contributiva y celebrar acuerdos conclusivos.

atribucionesasesoriarepresentacionCalculadora vinculada
Art.
6

Artículo 6. Acuerdos conclusivos

Regula el procedimiento de acuerdos conclusivos: mecanismo de mediacion entre el SAT y el contribuyente durante auditorias fiscales, donde PRODECON actua como intermediario para resolver controversias sin necesidad de litigio.

acuerdos conclusivosmediacionauditoriaCalculadora vinculada
Art.
7

Artículo 7. Nombramiento del Procurador

Establece el procedimiento de nombramiento del Procurador de la Defensa del Contribuyente, quien es designado por el Senado de la Republica a propuesta de una terna del Presidente de la Republica, por un periodo de cuatro anios.

ProcuradornombramientoSenado
Art.
8

Artículo 8. Requisitos para ser Procurador

Establece los requisitos que debe cumplir el Procurador de la Defensa del Contribuyente: ser ciudadano mexicano, tener titulo de licenciado en derecho con experiencia minima de 10 anios en materia fiscal, y gozar de buena reputacion.

requisitosProcuradorperfil
Art.
9

Artículo 9. Subprocuradores

Establece que la Procuraduria contara con los Subprocuradores necesarios para el despacho de los asuntos de su competencia, quienes seran nombrados y removidos por el Procurador y deberan cumplir requisitos similares a los de este.

Subprocuradoresestructuraorganizacion
Art.
10

Artículo 10. Funciones de los Subprocuradores

Detalla las funciones especificas de los Subprocuradores, quienes auxilian al Procurador en las tareas sustantivas de la Procuraduria y pueden suplirlo en caso de ausencia conforme al orden que determine el reglamento interno.

funcionesSubprocuradoressuplencia
Art.
11

Artículo 11. Delegados regionales

Establece que PRODECON contara con delegados regionales distribuidos en el territorio nacional para acercar los servicios a los contribuyentes de todas las entidades federativas.

delegados regionalesdelegacionesdescentralizacion
Art.
12

Artículo 12. Funciones de los delegados regionales

Define las funciones y atribuciones de los delegados regionales de PRODECON, quienes representan a la Procuraduria en su circunscripcion y ejercen las mismas atribuciones que las oficinas centrales en materia de asesoria, defensa y quejas.

delegados regionalesfuncionesrepresentacion regional
Art.
13

Artículo 13. Organo de gobierno

Establece la integracion y funciones del organo de gobierno de PRODECON, que se integra por el Procurador, quien lo preside, y representantes de la SHCP, del SAT y de organizaciones de contribuyentes.

organo de gobiernoconsejerosgobernanza
Art.
14

Artículo 14. Consejo Consultivo

Crea el Consejo Consultivo de PRODECON como organo colegiado integrado por destacados especialistas en materia fiscal que asesoran al Procurador y contribuyen al fortalecimiento institucional.

Consejo Consultivoconsejeros honorariosasesoria
Art.
15

Artículo 15. Funciones del Consejo Consultivo

Detalla las funciones especificas del Consejo Consultivo, incluyendo emitir opiniones sobre la interpretacion de normas fiscales, proponer criterios institucionales y formular recomendaciones para el mejor funcionamiento de PRODECON.

Consejo Consultivofuncionesopiniones
Art.
16

Artículo 16. Servicio profesional de carrera

Establece el servicio profesional de carrera en PRODECON para garantizar la profesionalizacion, capacitacion permanente y estabilidad laboral del personal sustantivo de la Procuraduria.

servicio profesionalcarreraprofesionalizacion
Art.
17

Artículo 17. Capacitacion y actualizacion del personal

Obliga a PRODECON a implementar programas permanentes de capacitacion y actualizacion para su personal, con enfasis en las reformas fiscales, criterios jurisprudenciales y mejores practicas en defensa del contribuyente.

capacitacionactualizacionformacion
Art.
18

Artículo 18. Evaluacion del desempeno

Establece el sistema de evaluacion del desempeno del personal de PRODECON, con indicadores de gestion, calidad del servicio y satisfaccion de los contribuyentes como criterios principales.

evaluaciondesempenoindicadores
Art.
19

Artículo 19. Regimen laboral

Define el regimen laboral aplicable al personal de PRODECON, estableciendo que las relaciones laborales se rigen por el apartado B del articulo 123 constitucional y la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.

regimen laboraltrabajadoresapartado B
Art.
20

Artículo 20. Regimen presupuestal

Establece el regimen presupuestal de PRODECON, sujetandola a las disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, con la obligacion de presentar su anteproyecto de presupuesto directamente a la SHCP.

presupuestoregimen presupuestalSHCP
Art.
21

Artículo 21. Informe presupuestal y transparencia

Obliga a PRODECON a presentar informes trimestrales sobre el ejercicio de su presupuesto y a cumplir con las obligaciones de transparencia conforme a la ley aplicable.

transparenciainformesrendicion de cuentas
Art.
22

Artículo 22. Quejas contra autoridades fiscales

Regula el procedimiento de quejas ante PRODECON contra actos de autoridades fiscales federales que violen los derechos de los contribuyentes, estableciendo plazos, requisitos y efectos.

quejasviolacion de derechosautoridades fiscales
Art.
23

Artículo 23. Recomendaciones de PRODECON

Regula la facultad de PRODECON para emitir recomendaciones publicas a las autoridades fiscales cuando se acredite la violacion de derechos de los contribuyentes, estableciendo su naturaleza no vinculante pero de observancia moral.

recomendacionesno vinculantesderechos del contribuyente
Art.
24

Artículo 24. Informe anual de actividades

Obliga al Procurador a presentar un informe anual de actividades ante el Senado de la Republica y el Presidente, que incluya estadisticas de servicios, recomendaciones emitidas, problemas sistemicos identificados y propuestas de reforma.

informe anualrendicion de cuentasSenado
Art.
25

Artículo 25. Colaboracion con autoridades fiscales

Establece la obligacion de las autoridades fiscales federales de colaborar con PRODECON, proporcionando informacion, rindiendo informes y facilitando la labor de investigacion y mediacion de la Procuraduria.

colaboracionautoridades fiscalesSAT
Art.
26

Artículo 26. Criterios sustantivos

Faculta a PRODECON para emitir criterios sustantivos sobre la interpretacion de disposiciones fiscales, que si bien no son vinculantes para las autoridades, constituyen orientacion calificada para los contribuyentes.

criterios sustantivosinterpretacionnormas fiscales
Art.
27

Artículo 27. Cultura contributiva y difusion

Establece la obligacion de PRODECON de promover la cultura contributiva, la educacion fiscal y la difusion de los derechos de los contribuyentes mediante campanas, publicaciones, eventos y programas educativos.

cultura contributivadifusioneducacion fiscal
Art.
28

Artículo 28. Disposiciones transitorias

Contiene las disposiciones transitorias de la ley, incluyendo la fecha de entrada en vigor, los plazos para la integracion de los organos de gobierno y consultivo, y las previsiones presupuestales para el inicio de operaciones de PRODECON.

transitoriosentrada en vigorimplementacion

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