Establece la integracion y funciones del organo de gobierno de PRODECON, que se integra por el Procurador, quien lo preside, y representantes de la SHCP, del SAT y de organizaciones de contribuyentes.
La Procuraduria contara con un organo de gobierno que se integrara por:
I. El Procurador de la Defensa del Contribuyente, quien lo presidira;
II. Seis consejeros independientes designados por el Senado de la Republica;
III. Los demas integrantes que determine el Estatuto Organico.
El organo de gobierno tendra las siguientes atribuciones:
1. Aprobar el Estatuto Organico de la Procuraduria
2. Aprobar el presupuesto anual de la Procuraduria
3. Aprobar los programas institucionales
4. Evaluar el desempeno de la Procuraduria
5. Aprobar los lineamientos generales para la operacion
6. Conocer los informes del Procurador
7. Aprobar la estructura organica basica
8. Las demas que le confieran las disposiciones aplicables
El organo de gobierno sesionara ordinariamente por lo menos cuatro veces al anio y extraordinariamente cuando sea convocado por el Procurador o por la mayoria de sus miembros.
- Quorum: Mayoria de los integrantes
- Votacion: Las decisiones se toman por mayoria de votos de los presentes
- Voto de calidad: En caso de empate, el Procurador tiene voto de calidad
La participacion de consejeros independientes en el organo de gobierno busca enriquecer la toma de decisiones con perspectivas externas y garantizar la transparencia en la gestion de la Procuraduria. Estos consejeros aportan su experiencia en materia fiscal, academica o empresarial sin estar vinculados a las autoridades fiscales.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El organo de gobierno de PRODECON es relevante porque define las politicas institucionales que impactan directamente en la calidad del servicio. En SDV Asesores observamos que la composicion del organo de gobierno, particularmente la presencia de consejeros independientes con experiencia fiscal, contribuye a que las decisiones se tomen con vision equilibrada. Los contribuyentes pueden consultar las actas de las sesiones del organo de gobierno a traves del portal de transparencia de PRODECON para conocer las decisiones institucionales que afectan los servicios que reciben.
Art. 7. Nombramiento del Procurador
Establece el procedimiento de nombramiento del Procurador de la Defensa del Contribuyente, quien es designado por el Senado de la Republica a propuesta de una terna del Presidente de la Republica, por un periodo de cuatro anios.
Art. 14. Consejo Consultivo
Crea el Consejo Consultivo de PRODECON como organo colegiado integrado por destacados especialistas en materia fiscal que asesoran al Procurador y contribuyen al fortalecimiento institucional.
Art. 15. Funciones del Consejo Consultivo
Detalla las funciones especificas del Consejo Consultivo, incluyendo emitir opiniones sobre la interpretacion de normas fiscales, proponer criterios institucionales y formular recomendaciones para el mejor funcionamiento de PRODECON.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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