LOPRDECON

Artículo 25. Colaboracion con autoridades fiscales

Establece la obligacion de las autoridades fiscales federales de colaborar con PRODECON, proporcionando informacion, rindiendo informes y facilitando la labor de investigacion y mediacion de la Procuraduria.

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Texto Legal

Articulo 25 -- Colaboracion con Autoridades Fiscales

Las autoridades fiscales federales estan obligadas a auxiliar a la Procuraduria de la Defensa del Contribuyente en el desempeno de sus funciones, proporcionando la informacion que les sea requerida y rindiendo los informes solicitados en los plazos establecidos.

Obligaciones de las autoridades

1. Rendir informes: Proporcionar la informacion que PRODECON solicite sobre quejas y reclamaciones
2. Facilitar el acceso: Permitir a los funcionarios de PRODECON el acceso a expedientes e instalaciones
3. Colaborar en acuerdos conclusivos: Participar de buena fe en las mesas de mediacion
4. Atender recomendaciones: Dar respuesta fundada a las recomendaciones de PRODECON
5. No represalias: Abstenerse de tomar represalias contra contribuyentes que acudan a PRODECON

Autoridades obligadas

Las principales autoridades fiscales obligadas a colaborar incluyen:

- SAT (Servicio de Administracion Tributaria)
- Administraciones locales y generales del SAT
- SHCP (Secretaria de Hacienda y Credito Publico)
- IMSS en su caracter de organismo fiscal autonomo
- INFONAVIT respecto de aportaciones patronales
- Aduanas (actualmente integradas al SAT)

Plazos para rendir informes


Tipo de requerimientoPlazo
Informe sobre queja30 dias habiles
Informacion para acuerdo conclusivo20 dias habiles
Respuesta a recomendacion30 dias habiles
Informacion estadistica15 dias habiles

Consecuencias del incumplimiento

Si una autoridad fiscal se niega a colaborar con PRODECON o no rinde los informes solicitados en los plazos establecidos, la Procuraduria puede:

- Hacerlo del conocimiento del superior jerarquico de la autoridad
- Incluirlo en su informe anual ante el Senado
- Presentar denuncia por desacato ante las autoridades competentes
- Hacer publica la falta de colaboracion

Prohibicion de represalias

La ley prohibe expresamente que las autoridades fiscales tomen represalias contra los contribuyentes que acudan a PRODECON. Ningun contribuyente puede ser auditado, sancionado o perjudicado por el solo hecho de haber solicitado la intervencion de la Procuraduria.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La obligacion de colaboracion de las autoridades fiscales es un pilar fundamental del funcionamiento de PRODECON. En SDV Asesores hemos comprobado que esta obligacion se cumple razonablemente bien en la practica, aunque en ocasiones los plazos para rendir informes se exceden. Es crucial que los contribuyentes sepan que acudir a PRODECON no puede generarles represalias: la ley lo prohibe expresamente. Hemos tenido clientes que temen que si presentan una queja ante PRODECON, el SAT los persiga con auditorias. Esto es infundado y, de hecho, cualquier represalia por acudir a PRODECON seria una violacion grave que generaria responsabilidades para los funcionarios involucrados.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 25 del LOPRDECON?

Establece la obligacion de las autoridades fiscales federales de colaborar con PRODECON, proporcionando informacion, rindiendo informes y facilitando la labor de investigacion y mediacion de la Procuraduria.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 25 de la Ley de PRODECON?

La obligacion de colaboracion de las autoridades fiscales es un pilar fundamental del funcionamiento de PRODECON. En SDV Asesores hemos comprobado que esta obligacion se cumple razonablemente bien en la practica, aunque en ocasiones los plazos para rendir informes se exceden. Es crucial que los contribuyentes sepan que acudir a PRODECON no puede generarles represalias: la ley lo prohibe expresamente. Hemos tenido clientes que temen que si presentan una queja ante PRODECON, el SAT los persiga con auditorias. Esto es infundado y, de hecho, cualquier represalia por acudir a PRODECON seria una violacion grave que generaria responsabilidades para los funcionarios involucrados.

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