Establece las causales de sobreseimiento del juicio contencioso administrativo: desistimiento, supervenencia de improcedencia, muerte del actor, acto dejado sin efecto y juicio sin materia.
Procede el sobreseimiento:
I. Por desistimiento del demandante.
II. Cuando durante el juicio aparezca o sobrevenga alguna de las causales de improcedencia a que se refiere el artículo anterior.
III. En el caso de que el demandante muera durante el juicio si su pretensión es intransmisible o si su muerte deja sin materia el proceso.
IV. Si la autoridad demandada deja sin efecto la resolución o acto impugnados, siempre y cuando se satisfaga la pretensión del demandante.
V. Si el juicio queda sin materia.
VI. En los demás casos en que por disposición legal haya impedimento para emitir resolución en cuanto al fondo.
- El juicio termina sin resolución de fondo
- No se pronuncia sobre la legalidad o ilegalidad del acto impugnado
- El sobreseimiento puede ser total o parcial
- Puede decretarse en cualquier etapa del juicio
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El sobreseimiento puede ocurrir en cualquier momento del juicio. En SDV Asesores, cuando la autoridad deja sin efectos la resolución impugnada (fracción IV), verificamos cuidadosamente que la pretensión del contribuyente quede satisfecha en su totalidad.
Art. 50. Sentencia definitiva
Establece las reglas para el dictado de la sentencia definitiva en el juicio contencioso administrativo, incluyendo la obligación de resolver todos los conceptos de impugnación y la congruencia con la litis planteada.
Art. 52. Tipos de sentencia
Establece los sentidos que puede tener la sentencia del TFJA: reconocer la validez, declarar la nulidad lisa y llana, declarar la nulidad para efectos (obligando a la autoridad a emitir nueva resolución), o declarar la nulidad total.
Art. 8. Causales de improcedencia
Enumera las causales de improcedencia del juicio contencioso administrativo federal: falta de interés jurídico, incompetencia, cosa juzgada, consentimiento, litispendencia, entre otras.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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