LFPCA

Artículo 9. Sobreseimiento del juicio

Establece las causales de sobreseimiento del juicio contencioso administrativo: desistimiento, supervenencia de improcedencia, muerte del actor, acto dejado sin efecto y juicio sin materia.

sobreseimientodesistimientosin materiaimprocedencia

Texto Legal

Artículo 9 – Sobreseimiento del Juicio

Procede el sobreseimiento:

I. Por desistimiento del demandante.

II. Cuando durante el juicio aparezca o sobrevenga alguna de las causales de improcedencia a que se refiere el artículo anterior.

III. En el caso de que el demandante muera durante el juicio si su pretensión es intransmisible o si su muerte deja sin materia el proceso.

IV. Si la autoridad demandada deja sin efecto la resolución o acto impugnados, siempre y cuando se satisfaga la pretensión del demandante.

V. Si el juicio queda sin materia.

VI. En los demás casos en que por disposición legal haya impedimento para emitir resolución en cuanto al fondo.

Efectos del sobreseimiento

- El juicio termina sin resolución de fondo
- No se pronuncia sobre la legalidad o ilegalidad del acto impugnado
- El sobreseimiento puede ser total o parcial
- Puede decretarse en cualquier etapa del juicio

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El sobreseimiento puede ocurrir en cualquier momento del juicio. En SDV Asesores, cuando la autoridad deja sin efectos la resolución impugnada (fracción IV), verificamos cuidadosamente que la pretensión del contribuyente quede satisfecha en su totalidad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 9 del LFPCA?

Establece las causales de sobreseimiento del juicio contencioso administrativo: desistimiento, supervenencia de improcedencia, muerte del actor, acto dejado sin efecto y juicio sin materia.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 9 de la Ley de Procedimiento Contencioso?

El sobreseimiento puede ocurrir en cualquier momento del juicio. En SDV Asesores, cuando la autoridad deja sin efectos la resolución impugnada (fracción IV), verificamos cuidadosamente que la pretensión del contribuyente quede satisfecha en su totalidad.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 9 del LFPCA?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 9 LFPCA desde tu celular