LFPCA

Artículo 46. Reglas generales de valoración de pruebas

Establece que las pruebas se valorarán conforme a las reglas del Código Federal de Procedimientos Civiles y los principios de libre apreciación razonada.

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Texto Legal

Artículo 46 – Reglas Generales de Valoración

Para la valoración de las pruebas se atenderá a lo dispuesto por el Código Federal de Procedimientos Civiles.

La Sala Regional apreciará en su conjunto las pruebas rendidas por las partes, incluyendo el expediente administrativo, para resolver la controversia conforme a derecho.

Principios de valoración

- Libre apreciación razonada: La Sala valora libremente pero de manera fundada
- Apreciación en conjunto: Todas las pruebas se analizan en su integridad
- Sana crítica: Aplicación de la lógica y la experiencia
- Supletoriedad: Se aplican las reglas del CFPC en lo no previsto

Jerarquía probatoria (referencial)


PruebaFuerza probatoria
Documental públicaMáxima (prueba plena)
PericialAlta (según calidad del dictamen)
Documental privada no objetadaAlta (prueba plena)
TestimonialMedia (requiere adminiculación)
PresuncionalVariable (según los indicios)

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La valoración conjunta de las pruebas es un aspecto que en SDV Asesores consideramos al diseñar la estrategia probatoria. No basta con ofrecer pruebas aisladas; es necesario construir un cuerpo probatorio coherente donde cada prueba refuerce a las demás para crear convicción en el juzgador.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 46 del LFPCA?

Establece que las pruebas se valorarán conforme a las reglas del Código Federal de Procedimientos Civiles y los principios de libre apreciación razonada.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 46 de la Ley de Procedimiento Contencioso?

La valoración conjunta de las pruebas es un aspecto que en SDV Asesores consideramos al diseñar la estrategia probatoria. No basta con ofrecer pruebas aisladas; es necesario construir un cuerpo probatorio coherente donde cada prueba refuerce a las demás para crear convicción en el juzgador.

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