LFPCA

Artículo 35. Prueba pericial

Regula la prueba pericial en el juicio contencioso administrativo: ofrecimiento, designación de peritos, plazo para rendir dictamen y procedimiento en caso de discrepancia.

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Texto Legal

Artículo 35 – Prueba Pericial

La prueba pericial se sujetará a las siguientes reglas:

I. El oferente indicará con precisión la ciencia, arte, técnica, oficio o industria sobre la cual deba practicarse la prueba; los puntos sobre los que versará y el cuestionario respectivo.

II. Cada parte designará un perito, salvo que hubieren convenido en designar uno solo.

III. Los peritos rendirán su dictamen dentro del plazo de cuarenta y cinco días contados a partir de la fecha en que haya sido turnado el expediente al perito.

IV. Si los dictámenes resultan contradictorios, el Magistrado Instructor designará un perito tercero en discordia.

Procedimiento pericial


EtapaPlazo
Designación de peritosEn demanda y contestación
Aceptación del cargo3 días
Rendición de dictamen45 días
Perito tercero (si hay discordia)45 días adicionales

Pericial contable

La prueba pericial contable es la más relevante en juicios fiscales, ya que permite acreditar la realidad de operaciones, determinar montos y desvirtuar presunciones de la autoridad.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La prueba pericial contable es una herramienta poderosa en juicios fiscales. En SDV Asesores trabajamos con peritos contables altamente capacitados que elaboran dictámenes técnicos sólidos para acreditar la realidad de operaciones, desvirtuar presunciones del SAT y demostrar la correcta determinación de impuestos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 35 del LFPCA?

Regula la prueba pericial en el juicio contencioso administrativo: ofrecimiento, designación de peritos, plazo para rendir dictamen y procedimiento en caso de discrepancia.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 35 de la Ley de Procedimiento Contencioso?

La prueba pericial contable es una herramienta poderosa en juicios fiscales. En SDV Asesores trabajamos con peritos contables altamente capacitados que elaboran dictámenes técnicos sólidos para acreditar la realidad de operaciones, desvirtuar presunciones del SAT y demostrar la correcta determinación de impuestos.

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