Establece los requisitos que debe contener la solicitud de medidas cautelares: descripción del acto, fundamentos de la apariencia del buen derecho y el peligro en la demora.
La solicitud de medidas cautelares deberá contener:
I. El nombre del solicitante y, en su caso, de su representante legal.
II. La descripción del acto administrativo o resolución que se pretende impugnar o que ya se impugna.
III. Los fundamentos y motivos por los que se considera que se satisfacen los requisitos de procedencia de la medida cautelar.
IV. La descripción de la medida cautelar que se solicita.
V. Las pruebas que se ofrezcan.
- Apariencia del buen derecho (fumus boni iuris): Que el actor tenga probabilidad de obtener sentencia favorable
- Peligro en la demora (periculum in mora): Que exista riesgo de daño inminente e irreparable
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La solicitud de medidas cautelares requiere una argumentación sólida sobre la apariencia del buen derecho y el peligro en la demora. En SDV Asesores preparamos estas solicitudes con especial cuidado, ya que de ellas depende la protección inmediata del patrimonio del contribuyente.
Art. 28 Bis. Procedencia de medidas cautelares
Establece que las medidas cautelares proceden antes o durante el juicio para evitar daños irreparables al actor, preservar la materia del juicio o evitar que quede sin efectos la sentencia.
Art. 28 Bis 2. Trámite de la solicitud de medidas cautelares
Regula el procedimiento para el trámite de la solicitud de medidas cautelares, incluyendo la vista a la contraparte y la resolución por el Magistrado Instructor.
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Art. 28 Bis. Procedencia de medidas cautelares
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