LFPA

Artículo 69-J. Regulacion en materia de competencia economica

Los anteproyectos de regulacion que puedan tener efectos sobre la competencia economica deben incluir un analisis de impacto en competencia.

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Texto vigente — Sin reformas posteriores al 18 de mayo de 2018. Verificado en 2026.

Texto Legal

Articulo 69-J - Impacto en Competencia

Los anteproyectos que puedan tener efectos sobre la competencia economica deberan contener un analisis de impacto en la materia.

Contenido del analisis

- Evaluacion de si la regulacion puede crear barreras de entrada al mercado
- Analisis de si favorece a algun competidor sobre otros
- Impacto sobre los precios y la disponibilidad de bienes y servicios
- Alternativas regulatorias menos restrictivas de la competencia

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: El analisis de impacto en competencia es relevante para empresas que operan en mercados regulados. Regulaciones que crean barreras de entrada artificiales o favorecen a competidores especificos pueden ser impugnadas invocando la falta de este analisis. Este argumento es especialmente util en sectores como telecomunicaciones, energia y servicios financieros.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 69-J del LFPA?

Los anteproyectos de regulacion que puedan tener efectos sobre la competencia economica deben incluir un analisis de impacto en competencia.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 69-J de la Procedimiento Administrativo?

SDV Asesores: El analisis de impacto en competencia es relevante para empresas que operan en mercados regulados. Regulaciones que crean barreras de entrada artificiales o favorecen a competidores especificos pueden ser impugnadas invocando la falta de este analisis. Este argumento es especialmente util en sectores como telecomunicaciones, energia y servicios financieros.

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