Las sanciones administrativas impuestas por esta Ley no afectarán el procedimiento penal correspondiente, asegurando que ambos procesos se manejen de manera independiente. Esto permite que las entidades enfrenten las consecuencias administrativas sin interferencia en el ámbito penal.
Las sanciones administrativas a que se refiere esta Ley, no afectarán el procedimiento penal que, en su caso, corresponda. Artículo reformado DOF 23-01-2004
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es importante que las entidades financieras comprendan que enfrentar sanciones administrativas no exime de responsabilidades penales. Esto implica que deben tener estrategias de defensa en ambos frentes.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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