Cualquier modificación a los estatutos sociales debe ser aprobada por la Secretaría antes de su inscripción. Esto asegura que todos los cambios sean revisados y autorizados.
Cualquier modificación a los estatutos sociales de las Sociedades deberá ser sometida a la aprobación previa de la Secretaría, para su posterior inscripción en el Registro Público de Comercio.
Las Sociedades informarán a la Secretaría, a la Comisión, y al Banco de México la fecha en que iniciarán actividades.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es importante que las sociedades sigan este proceso para evitar problemas legales. Los abogados deben estar atentos a las modificaciones propuestas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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